Cerrar

¿Cómo y por qué renunciar a una herencia?

Asesoría en Valencia Afilco Asesores

Asesoría en Valencia Afilco Asesores

Publicado el miércoles, 21 de agosto de 2019 a las 12:06

Por regla general, el hecho de ser designado como heredero del patrimonio de otra persona suele suponer un beneficio económico, ya que tu patrimonio aumenta. Sin embargo, en algunas ocasiones ser heredero puede traer consigo quebraderos de cabeza e incluso resultar en una perdida económica para el heredero. En estos casos, renunciar a la herencia puede ser la mejor alternativa, pero ¿cómo y quién puede renunciar a una herencia? ¿Qué consecuencias y costes tiene? 

¿En qué consiste la renuncia a una herencia?

Aceptar o renunciar a una herencia es una acto libre e irrevocable, es decir, una vez que se ha tomado la decisión en uno u otro sentido, no hay vuelta atrás y el heredero tendrá que hacer frente a las consecuencias de su aceptación o renuncia. Además, no es posible renunciar parcialmente a una herencia, sino que la aceptación o la renuncia debe hacerse por la totalidad de los bienes y de las deudas existentes. Por esta razón, conviene valorar previamente todo el patrimonio hereditario en su conjunto para determinar si la aceptación de la herencia va a suponer un beneficio económico para el heredero o, por el contrario, una perdida.

Por otra parte, cuando una persona renuncia pura y simplemente a una herencia también lo hace en nombre de sus propios herederos, que tampoco podrán heredar (salvo que en el testamento se haya previsto la sustitución del heredero que renuncia por sus propios herederos). De esta forma, al renunciar un heredero, la parte que le correspondía en la herencia pasa al resto de los coherederos. También existe la posibilidad de efectuar una renuncia en favor de otro heredero determinado, en cuyo caso se entiende que la persona que renuncia cede o transmite su parte al heredero designado por ella.

Motivos para renunciar a una herencia

Puede que te preguntes por qué alguien querría renunciar a una herencia si supone un aumento de su patrimonio. A continuación, veremos tres casos en los que la renuncia es una opción:

  • La persona fallecida ha dejado más deudas que bienes, lo que supone que el heredero debe saldar esas deudas. Este punto es especialmente delicado ya que, en caso de que los bienes del fallecido no sean suficientes para responder a sus obligaciones, el heredero deberá responder con los suyos propios. En este caso existe la opción de aceptar la herencia a beneficio de inventario, esto es, pagar la totalidad de las deudas del fallecido únicamente con los bienes a heredar. El importe restante tras el saldo de las deudas será el que se entregue al heredero.
  • Elevada cantidad de impuestos que se deben pagar para recibir la herencia. Cuando se hereda, es necesario pagar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones de la Comunidad Autónoma del fallecido. Cada Comunidad Autónoma tiene un impuesto distinto, llegando a ser muy caro en algunas, principalmente en aquellas herencias en línea colateral (hermanos, tíos, sobrinos).
  • Herederos con deudas. En caso de aceptar la herencia, los acreedores del heredero pueden embargar los bienes heredados para saldar sus deudas, por lo que algunos deciden rechazarla. Ahora bien, si dichos acreedores del deudor conocen la existencia de esa herencia, pueden solicitar a un juez la aceptación de la misma para así cobrar su deuda.

Plazo para renunciar a una herencia y cómo hacerlo

No existe un plazo legal para aceptar o renunciar a la herencia, pero es importante efectuar la renuncia antes de que expire el plazo voluntario para la liquidación del Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Dicho plazo es de 6 meses desde el momento del fallecimiento. De no hacerlo antes de que prescriba, podremos renunciar, pero será necesario pagar dicho impuesto. La renuncia se debe realizar a través de notario con una escritura en la que conste el deseo de repudiar la herencia. En el caso de tratarse de una herencia con más de un heredero, puede que alguno exija al resto que se manifieste respecto a sus intenciones de repudiarla o aceptarla. De ser así, el resto de herederos tendrán un plazo de 30 días para manifestar su voluntad y, en caso de no renunciar en el plazo establecido, se considerará que la herencia ha sido aceptada.

Por otro lado, hay que tener en cuenta que, en caso de renunciar a una herencia en favor de otra persona, ambas partes deberán pagar impuestos: la primera el Impuesto de Sucesiones, ya que se considera que ha sido dueña de los bienes, y el nuevo beneficiario el Impuesto de Donaciones, ya que se entiende que este tipo de renuncia equivale a una cesión gratuita de los bienes equivalente a la donación.

¿Quién puede renunciar a una herencia?

Aquellas personas que decidan renunciar a una herencia deberán haber sido designadas como herederas en el testamento del fallecido. Además, deben ser mayores de edad, así como presentar plena capacidad intelectual. A continuación, veremos algunos casos especiales de herederos:

  • Herederos menores de edad. La responsabilidad de renunciar a la herencia recae en sus tutores legales, siempre con autorización judicial. En caso de aceptar la herencia, el beneficiario será el heredero.
  • Herederos incapacitados. En este caso, también será responsabilidad de sus tutores legales aceptar o rechazar la herencia, necesitando para ésta última decisión una autorización judicial.
  • Fundaciones, asociaciones y organizaciones. En el caso de que el heredero no sea una persona física, puede aceptar o rechazar la herencia, pero para esto último es necesaria una aprobación judicial.
  • Administraciones públicas. Únicamente podrán rechazar una herencia con la aprobación del Gobierno.

Como habrás podido observar, renunciar a una herencia puede ser un proceso complicado y es necesario tener en cuenta muchos factores a la hora de realizarla. Si necesita la ayuda de un equipo experto en la gestión de herencias no dudes en contactar con Afilco Asesores, nuestro departamento de Asesoría Jurídica y Fiscal te asesorará en todo el proceso para hacerlo lo más sencillo posible y tomes la decisión correcta.

8.427 visitas

Utilizamos cookies propias y de terceros para ofrecerte toda la funcionalidad y una mejor experiencia, obtener estadísticas de tráfico, analizar el uso de la web y mejorar nuestros servicios.
Tienes disponible aquí nuestra política de cookies.
Puedes aceptar todas nuestras cookies pulsando el botón 'ACEPTAR' o configurar aquí tus preferencias.

Estrictamente necesarias +

Estas cookies son necesarias ya que permiten que el sitio web funcione correctamente, no se pueden desactivar.

Estadísticas +

Son las cookies que utilizamos exclusivamente con fines estadísticos para poder analizar cómo los usuasrios hacen uso de la web. Recopila información anónima tal como el número de visitantes del sitio, o las páginas más populares. Activar estas cookies nos permite seguir mejorando.

Funcionales +

Estas cookies son necesarias para el intercambio y presentación de contenidos de plataformas externas como youtube o de redes sociales como facebook, twitter o linkedin.

Marketing y publicidad +

Estas se utilizan para crear perfiles de usuario y analizar la efectividad de campañas publicitarias o para rastrear al usuario en un sitio web o en varios sitios web con fines de marketing similares..

GUARDAR AJUSTESACEPTO