Actualidad · 08/06/2012
Convocatoria · Innovación
Programa de Apoyo al Crecimiento de Empresas Innovadoras de Reciente Creación. IMPIVA.
(Plan de Emprendimiento de los ejercicios 2012 y 2013).
Objeto del trámite
Definición y aplicación de Planes de Crecimiento en empresas innovadoras de reciente creación con alto potencial, para facilitar el desarrollo de todas sus capacidades impulsando un salto en su tamaño -medido a través de la incorporación de nuevos recursos permanentes- que le permita ajustar su estrategia para alcanzar con la mayor celeridad la capacidad operativa adecuada para obtener su mejor nivel de competitividad.
El programa tiene como fin ayudar a las empresas con potencial de crecimiento a obtener los recursos permanentes con los que realizar las inversiones necesarias para concurrir al mercado en la dimensión de escala adecuada y, por tanto, en mejores condiciones para competir. La operación de apoyo se puede repetir durante todo el recorrido que va desde la fase inicial hasta la consolidación en su mercado.
Interesados/Solicitantes
Pequeñas empresas innovadoras y diversificadoras con sede social o establecimiento en la Comunitat Valenciana de menos de seis años de antigüedad contados desde su constitución.
El programa está destinado a empresas que han recorrido sus primeras fases de vida y contrastado su plan de negocio con las necesidades conocidas o latentes del mercado y tengan la capacidad -medida a través de las cualidades innovadoras y diferenciales de su oferta y de las habilidades del equipo promotor- de progresar rápidamente, pero necesitan el apoyo de consultoras con conocimiento y experiencia externa para concretar los recursos y actuaciones necesarias con los que hacer realidad su potencial de crecimiento.
No podrán obtener la condición de beneficiarias las pequeñas empresas:
- Que reúnan las condiciones de empresa en crisis según se define en las Directrices Comunitarias sobre Ayudas Estatales de Salvamento y Reestructuración de Empresas en Crisis (DO C 244, de 01.10.2004).
- Cuya actividad esté relacionada con los sectores de la pesca y la acuicultura según se contempla en el Reglamento (CE) núm. 104/2000 del Consejo (DO L 17, de 21.01.2000, p. 22) con la producción primaria de los productos agrícolas que figuran en la lista del anexo I del Tratado CE y las empresas que operen en el sector del carbón, según se define en el Reglamento (CE) núm. 1407/2002.
Requisitos
Solo se considerarán apoyables los proyectos destinados a obtener un salto de escala de la empresa solicitante, y que tengan una puntuación mínima en el baremo relativo a los criterios de evaluación de 60 puntos.
Será condición imprescindible para percibir la ayuda mantener el nivel de empleo en la empresa durante todo el periodo de duración del proyecto.
Cuantía de la ayuda/Procedimiento de cobro
CUANTÍA
El presidente del IMPIVA resolverá sobre la adjudicación de las ayudas mediante resolución, fijando expresamente la cuantía, e incorporando, en su caso, las condiciones y obligaciones a que se deba sujetar el beneficiario.
PAGO
- El IMPIVA procederá al pago de la ayuda una vez la empresa beneficiaria haya ejecutado el proyecto y siempre que haya cumplido las obligaciones exigibles.
- Podrá anticiparse a las empresas beneficiarias el pago de la ayuda de acuerdo con los límites que en su caso establezca la ley de presupuestos de la Generalitat para cada ejercicio al que se aplica la convocatoria -o con las modificaciones de éstos aprobadas por el Consell-, previa presentación por la empresa beneficiaria de aval bancario por la cuantía anticipada constituido de acuerdo con la normativa vigente en los Servicios Territoriales de la Conselleria de Hacienda y Administración Pública de la Generalitat. Los intereses devengados por los anticipos no tendrán la consideración de subvención.
Plazo de presentación
Para este programa los proyectos serán necesariamente anuales, coincidiendo con el ejercicio presupuestario tanto su inicio como su finalización. Para este Programa se abren varias fases o plazos de presentación de solicitudes que serán resueltas en los correspondientes y diferenciados periodos.
Ejercicio 2012:
1ª Fase: Desde el 22 de mayo de 2012 hasta el 28 de junio de 2012
2ª Fase: Desde el 29 de junio de 2012 hasta el 5 de septiembre de 2012
3ª Fase: Desde el 6 de septiembre de 2012 hasta el 15 de octubre de 2012
Ejercicio 2013:
1ª Fase: Desde el 16 de octubre de 2012 hasta el 15 de febrero de 2013
2ª Fase: Desde el 16 de febrero de 2013 hasta el 2 de abril de 2013
3ª Fase: Desde el 3 de abril de 2013 hasta el 15 de julio de 2013
4ª Fase: Desde el 16 de julio de 2013 hasta el 15 de octubre de 2013
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