Línea de Avales para los afectados por la Dana
Línea de Avales del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa
Hasta el miércoles, 31 de diciembre de 2025
Entre las iniciativas aprobadas en el Real Decreto-ley 6/2024 de 5 noviembre se incluye una Línea de Avales del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa que será gestionada por el ICO.
Objeto:
facilitar financiación a los hogares, autónomos y empresas que les permita recuperar la normalidad en el menor tiempo posible.
Condiciones:
- El aval será gratuito tanto para la entidad financiera como para los clientes.
- El ICO permitirá la concesión de avales del Estado por un importe del 80% de la financiación otorgada por las entidades financieras que tendrán como finalidad el adelanto del pago de las indemnizaciones del Consorcio de Compensación de Seguros o de otras ayudas que puedan convocar las diferente Administraciones Públicas.
- os autónomos y empresas podrán financiar las inversiones o el circulante necesario para recuperar su actividad.
La Línea cuenta con tres modalidades:
- Modalidad 1: financiación con el respaldo de ayudas e indemnizaciones a hogares
- Modalidad 2: financiación con el respaldo de ayudas e indemnizaciones a empresas y autónomos
Dirigida a autónomos y empresas con domicilio social o establecimiento en alguno de los municipios afectados por las consecuencias del desastre natural recogidos en el ANEXO del Real Decreto-ley 6/2024.
- Modalidad 3: recuperación de la Capacidad Productiva de empresas
Pueden solicitar financiación con esta modalidad autónomos y empresas con domicilio social o establecimiento en alguno de los municipios afectados por las consecuencias del desastre natural recogidos en el ANEXO del Real Decreto-ley 6/2024. En estos casos esta modalidad será compatible con la Modalidad 2 de la Línea.
También pueden solicitar financiación los autónomos y empresas cuyos medios de transporte afectos a la actividad empresarial o profesional hayan sufrido daños con ocasión del desarrollo de dicha actividad en alguna de las localidades del anexo, podrán solicitar financiación avalada solo en esta Modalidad 3. En estos casos será necesario acreditar el reconocimiento del daño sufrido mediante el certificado del Consorcio de Compensación de Seguros.
Fuente original del contenido:
22/11/2024 15:24 | paloma