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Ayudas en materia de Comercio, Comercio Rural y Artesanía para el ejercicio 2023

Ayudas Comercio, Comercio Rural y Artesanía

El plazo de presentación de solicitudes estará abierto hasta el 3 de febrero de 2023

Hasta el viernes, 03 de febrero de 2023 a las 23:59

Diferentes ayudas en materia de Comercio, Comercio Rural y Artesanía para el ejercicio 2023: EMPRENEM COMERÇ, COMERÇ RURAL y AVALEM ARTESANIA.

 

OBJETO

  • EMPRENEM COMERÇ: El objeto de estas ayudas es incrementar la competitividad, la innovación y la calidad en las pymes comerciales. Las ayudas deberán ir destinadas a financiar los gastos corrientes derivados:
    • Del mantenimiento de un establecimiento comercial con nueva titularidad,
    • O de la implantación de una actividad comercial en un local en el que, con anterioridad, se haya desarrollado actividad económica.

El establecimiento deberá estar ubicado en la Comunitat Valenciana y, en su caso, abrirse al público entre el 1 de febrero y el 30 de septiembre del ejercicio en que se convoque la ayuda.

  • AVALEM COMERÇ RURAL: El objeto de las ayudas es incrementar la competitividad, la innovación y la calidad en las pymes.
  • AVALEM ARTESANIA: El objeto de estas ayudas es incrementar la competitividad, la innovación y la calidad en las pymes artesanas y en sus productos. Las ayudas irán destinadas a financiar la profesionalización del sector y los gastos a realizar en la promoción y comercialización de los productos realizados por las pymes artesanas con domicilio social en la Comunitat Valenciana.

 

BENEFICIARIOS

EMPRENEM COMERÇ

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las personas físicas y las sociedades mercantiles y asimiladas calificadas como pyme o micropymes:

1. Las personas físicas y las sociedades mercantiles y asimiladas descritas como pymes o micropymes, incluyendo las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, sociedades civiles, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica propia.

NOTA: En el caso de solicitar la ayuda las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, sociedades civiles, comunidades de bienes, o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica propia, NO podrán pedir al mismo tiempo ayuda los socios, comuneros o integrantes de estas agrupaciones.

2. Y que ejerzan o vayan a ejercer la actividad comercial en la Comunitat Valenciana, en alguna de las siguientes según:

  • CNAE (Real decreto 475/2007, de 13 de abril, CNAE-2009): Sección G, División 47, excepto los grupos y clases 4726, 473, 4773, 478 y 479.
  • IAE (Real Decreto ley 1175/1991, de 28 de septiembre): Sección Primera, División 6, Agrupaciones:
  • Agrupación 64 excepto el grupo 646 y el epígrafe 647.5
  • Agrupación 65 excepto el epígrafe 652.1 y los grupos 654 y 655

 

AVALEM COMERÇ RURAL

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las personas físicas y las sociedades mercantiles y asimiladas calificadas como pymes o micropymes:

1. Las personas físicas y las sociedades mercantiles y asimiladas descritas como pymes o micropymes, incluyendo las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, sociedades civiles, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica propia.

NOTA: En el caso de solicitar la ayuda las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, sociedades civiles, comunidades de bienes, o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica propia, NO podrán pedir al mismo tiempo ayuda los socios, comuneros o integrantes de estas agrupaciones.

2. Y que ejerzan o vayan a ejercer la actividad comercial en la Comunitat Valenciana, en alguna de las actividades, según:

  • CNAE (Real decreto 475/2007, de 13 de abril, CNAE-2009): Sección G, División 47, excepto los grupos y clases 4726, 473, 4773, 478 y 479.
  • IAE (Real Decreto ley 1175/1991, de 28 de septiembre): Sección Primera División 6, Agrupaciones:
  • Agrupación 64 excepto el grupo 646 y el epígrafe 647.5
  • Agrupación 65 excepto el epígrafe 652.1 y los grupos 654 y 655

 

AVALEM ARTESANIA

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las personas físicas y las sociedades mercantiles y asimiladas calificadas como pymes o micropymes (quedando excluidas las que realicen actividad de reparación o mantenimiento):

  • Que NO sean agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, sociedades civiles, comunidades de bienes, o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica propia.
  • Y que estén en posesión del documento de calificación artesana (DCA) debidamente actualizado y expedido por la Generalitat o documento equivalente emitido por una Administración Pública que acredite su condición de artesana.

  

ACCIONES APOYABLES Y CUANTÍA

EMPRENEM COMERÇ

Se considerarán susceptibles de recibir apoyo los gastos corrientes derivados del mantenimiento de un establecimiento comercial con nueva titularidad o de la implantación de una actividad comercial en un local en el que, con anterioridad, se haya desarrollado actividad económica, desde el 1 de ENERO DE 2023 hasta el 30 de SEPTIEMBRE DE DE 2023. El establecimiento deberá estar ubicado en la Comunitat Valenciana y, en su caso, abrirse al público entre el 1 de febrero y el 30 de septiembre del ejercicio en que se convoque la ayuda.

La ayuda a conceder por establecimiento será de hasta el 50% con el límite de 10.000 euros, sin que en concepto de alquiler se superen los 5.000 euros de subvención.

 

AVALEM COMERÇ RURAL

Se considerarán subvencionables las inversiones en equipamiento para el establecimiento comercial, incluyendo las aplicaciones informáticas y los gastos derivados de la creación de una página web, vinculada al establecimiento, si su fin es implantar la venta online segura o su integración en una plataforma en línea de comercio electónico, en los establecimientos ubicados, o a implantar, en los municipios de menos de 1000 habitantes de la Comunitat Valenciana. Estos establecimientos podrán estar ubicados en espacios multiservicio de propiedad pública o privada.

La subvención podrá alcanzar el 60% con el límite, por solicitante, de 20.000 euros en 3 años.

 

AVALEM ARTESANIA

Los gastos susceptibles de obtener financiación por estas ayudas son los siguientes:

  • Participación como expositora en certámenes feriales, incluidos los realizados fuera de la Comunitat Valenciana, de carácter predominantemente artesano. Se considerarán susceptibles de recibir apoyo los gastos de alquiler de espacio y stand, así como los de montaje, desmontaje, decoración y rotulación del mismo.
  • Gastos derivados de la protección del producto, diseño o marca así como los de incorporación de diseño en la definición y ejecución del producto.
  • Confección y edición de catálogos de producto, en cualquier soporte, incluido el coste del alojamiento en la web, en su caso.
  • Acciones de promoción de producto, a través de cualquier medio promocional.
  • Asistencia a cursos especializados de formación en diseño, calidad y especialización en su oficio, según su actividad artesana, organizado por entidades formativas, independientemente del lugar en que se realicen. Se consideran susceptibles de recibir apoyo únicamente los gastos de matrícula y otros conceptos generados por la entidad organizadora.

De acuerdo con el resuelvo octavo* de la Resolución de CONCESIÓN, EN EL EJERCICIO 2023 se consideran apoyables las actuaciones realizadas DESDE EL 1 DE ENERO DE 2023 HASTA EL 31 DE octubre DE 2023.

* NOTA: Únicamente en el supuesto de ASISTENCIA Y REALIZACIÓN DE CERTAMENES O MANIFESTACIONES FERIALES, el plazo de las actuacciones susceptibles de apoyo se prolongará hasta el 19 DE NOVIEMBRE DE 2023. EXCEPCIONALMENTE, podrá realizarse hasta el 10de DICIEMBRE DE 2023, siempre que quede justificado por el carácter sectorial específico o por celebrarse fuera del territorio nacional.

La ayuda a conceder por solicitante será de hasta el 50% con el límite de 5.000,00 euros. En el caso de en que la persona artesana participe, y solicite apoyo para ello, en un certamen fuera del territorio español este límite será de 7500 euros.

 

CONVOCATORIA

El plazo de presentación de solicitudes será desde el día 11 de enero de 2023 hasta el día 3 de febrero de 2023, ambos inclusive.

 

MÁS INFORMACIÓN

Obtén más información a través de los siguientes enlaces: 

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