Instrumentos Financieros para Empresas de servicios energéticos
Plazo de presentación 20/10/14. Infórmate en 966661017
Hasta el miércoles, 00 de de 0000
¿Qué se puede solicitar?
Nombre del trámite
Instrumentos Financieros para Empresas de servicios energéticos.
Objeto del trámite
El objetivo de esta medida es impulsar, a través de la concesión de préstamos bonificados, la realización de proyectos de ahorro y eficiencia energética y de energías renovables llevados a cabo por parte de empresas de servicios energéticos en la Comunitat Valenciana.
¿Quién puede iniciarlo?
Interesados/Solicitantes
Empresas de Servicios Energéticos que lleven a cabo proyectos de ahorro y eficiencia energética y/o de energías renovables y se encuentren emplazados en la Comunitat Valenciana, siempre que en el momento de la solicitud cuenten con un mínimo de un ejercicio cerrado presentado en el Registro Mercantil. Quedan excluidas las comunidades de bienes y las sociedades civiles, así como las asociaciones, fundaciones, administraciones públicas, y en general, las entidades sin ánimo de lucro.
Se entenderá por empresa de servicios energéticos (ESE), toda aquella persona jurídica que proporcione servicios energéticos en la forma definida en el párrafo siguiente, en las instalaciones o locales de un usuario y afronte cierto grado de riesgo económico al hacerlo y que esté registrada en el registro que a tal fin tiene el IDAE como empresa de servicios energéticos. Todo ello, siempre que el pago de los servicios prestados se base, ya sea en parte o totalmente, en la obtención de ahorros de energía por introducción de mejoras de la eficiencia energética o por utilización de fuentes de energía renovables y en el cumplimiento de los demás requisitos convenidos.
El servicio energético prestado por la empresa de servicios energéticos consistirá en un conjunto de prestaciones incluyendo la realización de inversiones inmateriales, de obras o de suministros necesarios para optimizar la calidad y la reducción de los costes energéticos. Esta actuación podrá comprender además de la construcción, instalación o transformación de obras, equipos y sistemas, su mantenimiento, actualización o renovación, su explotación o su gestión derivados de la incorporación de tecnologías eficientes en materia de ahorro de energía y de energías renovables. El servicio energético así definido deberá prestarse basándose en un contrato que deberá llevar asociado un ahorro de energía o un suministro de energía renovable verificable, medible o estimable.
Requisitos
- Se considerará PYME la entidad cuyas características se ajusten a lo dispuesto en el anexo I del Reglamento (UE) número 651/2014 de la Comisión de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado (DO L 187 de 26.06.2014) en adelante RGEC, normativa disponible en la dirección Web del IVACE...
¿Cuándo solicitarlo?
Plazo de presentación
El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales, hasta las 14.00 horas, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta disposición en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana. en el DOCV núm. 7371 de fecha 30.09.2014.
VER / DESCARGAR Convocatoria completa.
Fuente original del contenido:
Generalitat Valenciana
http://www.gva.es/es/inicio/procedimientos;jsessionid=n5y9J1yhGFYDK7nPQTcFKjLqpLvqjVVlpvqDG5htbNHrpDMnvygH!-251237654!1412772570958?id_proc=17277
08/10/2014 15:12 | opoveda